Legislación › Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.
ANEXO I
ANEXO I
Certificaciones personales
1. CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA COMPETENCIA PARA LA MANIPULACIÓN DE EQUIPOS CON SISTEMAS FRIGORÍFICOS DE CUALQUIER CARGA DE REFRIGERANTES FLUORADOS
1.1 Actividades habilitadas:
a) Instalación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados.
b) Mantenimiento o revisión de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados, incluida carga y recuperación de refrigerantes fluorados.
c) Certificación del cálculo de la carga de gas en equipos con sistemas frigoríficos de refrigerantes fluorados.
d) Manipulación de contenedores de gas fluorados refrigerantes.
e) Control de fugas de refrigerantes de acuerdo al Reglamento (CE) n.º 1516/2007 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2007.
1.2 Condiciones para otorgar la certificación. Se podrá obtener por alguna de las siguientes vías:
a) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 1 del anexo II y estar en posesión de:
• carné profesional previsto en el Reglamento Instalaciones Térmicas de Edificios (Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, y Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, instalador-mantenedor de climatización), o
• certificado de profesionalidad de Frigorista establecido por el Real Decreto 942/1997, de 20 de junio, o
• certificado de profesionalidad de Mantenedor de Aire Acondicionado y Fluidos establecido por el Real Decreto 335/1997, de 7 de marzo, o
• título de Técnico en Montaje y Mantenimiento de Frío, Climatización y Producción de Calor establecido por el Real Decreto 2046/1995, de 22 de diciembre, o
• título de Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso establecido por el Real Decreto 2044/1995, de 22 de diciembre.
b) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos de los Programas Formativos 1 y 2 del anexo II, así como justificación de tener experiencia anterior a 2009 de al menos 2 años de actividad profesional en montaje y mantenimiento de equipos o instalaciones con sistemas frigoríficos de cualquier carga en empresas autorizadas por el Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas aprobado por el Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre o el Reglamento Instalaciones Térmicas de Edificios aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
c) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 1 del anexo II, superar una prueba teórico-práctica de conocimientos sobre los contenidos del Programa Formativo 2 del anexo II y justificación de tener experiencia anterior a 2009 de al menos 5 años de actividad profesional en montaje y mantenimiento de equipos o instalaciones con sistemas frigoríficos de cualquier carga en empresas autorizadas por el Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas aprobado por el Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre o el Reglamento Instalaciones Térmicas de Edificios aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.
d) Estar en posesión de:
• título de Instalador Frigorista o título de Conservador-Reparador Frigorista previsto en el Real Decreto 3099/1977, de 8 de septiembre, o
• título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos establecido por el Real Decreto 219/2008, de 15 de febrero, o
• título de Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos establecido por el Real Decreto 220/2008, de 15 de febrero, o
• certificados de profesionalidad que cubran las competencias y conocimientos de las cualificaciones Montaje y Mantenimiento de Instalaciones Frigoríficas (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero) o Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Climatización, Ventilación-Extracción (Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero).
e) Estar en posesión de títulos o certificados de profesionalidad que sustituyan o sean declarados equivalentes por la administración competente a los enumerados en los apartados a) o d), siempre y cuando cubran las competencias y conocimientos mínimos establecidos en los programas formativos 1 y 2 del anexo II.
f) Estar en posesión de cualquier título universitario que acredite la adquisición de las competencias y conocimientos mínimos establecidos en los programas formativos 1 y 2 del anexo II.
2. CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA COMPETENCIA PARA LA MANIPULACIÓN DE EQUIPOS CON SISTEMAS FRIGORÍFICOS DE CARGA DE REFRIGERANTE INFERIOR A 3 KG DE GASES FLUORADOS
2.1 Actividades habilitadas:
a) Instalación de equipos con sistemas frigoríficos de carga menor de 3 kg de gases fluorados.
b) Mantenimiento o revisión de equipos con sistemas frigoríficos de carga menor de 3 kg de gases fluorados, incluida la carga y recuperación de refrigerantes fluorados de los mismos.
c) Certificación del cálculo de la carga de gas en equipos con sistemas frigoríficos de carga menor de 3 kg de refrigerantes fluorados.
d) Manipulación de contenedores de gas fluorados refrigerantes.
e) Control de fugas de refrigerantes de acuerdo al Reglamento (CE) n.º 1516/2007 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2007.
2.2 Condiciones para otorgar la certificación. Se podrá obtener por alguna de las siguientes vías;
a) Acreditación de haber superado un curso de formación con el contenido del Programa Formativo 3 del anexo II, así como justificación de tener experiencia anterior a 2009 de al menos 2 años de actividad profesional en materia de instalaciones de refrigeración y aire acondicionado de menos de 3 kg
b) Superación de una prueba teórico-práctica de conocimientos sobre los contenidos del Programa Formativo 3.B. del anexo II, acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 3.A y justificación de tener experiencia anterior a 2009 de al menos 5 años de actividad profesional en materia de instalaciones de refrigeración y aire acondicionado de menos de 3 Kg.
c) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 4 del anexo II.
d) Estar en posesión de:
• carné profesional previsto en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios (Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, y Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, instalador-mantenedor de climatización), o
• certificados de profesionalidad de Frigorista establecido por el Real Decreto 942/1997, de 20 de junio, o
• certificados de profesionalidad de Mantenedor de Aire Acondicionado y Fluidos establecido por el Real Decreto 335/1997, de 7 de marzo, o
• título de Técnico en Montaje y Mantenimiento de Frío, Climatización y Producción de Calor establecido por el Real Decreto 2046/1995, de 22 de diciembre, o
• título de Técnico Superior en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso establecido por el Real Decreto 2044/1995, de 22 de diciembre.
e) Superación de una prueba teórico-práctica de conocimientos sobre los contenidos del Programa Formativo 3.B. del anexo II, aplicables a transporte refrigerado de mercancías, y acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 3.A.
En este caso, en el certificado personal previsto en el anexo III figurará la frase «en equipos de TRANSPORTE REFRIGERADO DE MERCANCÍAS que empleen menos de 3 kg de refrigerantes fluorados», a continuación de la relación de actividades habilitadas.
g) Estar en posesión de cualquier título universitario que acredite la adquisición de las competencias y conocimientos mínimos establecidos en los programas formativos 3 y 4 del anexo II.
3. CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA COMPETENCIA PARA LA MANIPULACIÓN DE SISTEMAS FRIGORÍFICOS QUE EMPLEEN REFRIGERANTES FLUORADOS DESTINADOS A CONFORT TÉRMICO DE PERSONAS INSTALADOS EN VEHÍCULOS.
3.1 Actividades habilitadas:
a) Instalación.
b) Mantenimiento o revisión, incluido el control de fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados.
c) Manipulación de contenedores de gas.
3.2 Condiciones para otorgar la certificación:
a) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 5 del anexo II.
b) Estar en posesión de cualquier título de formación profesional o certificado de profesionalidad que cubra las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 5 del anexo II.
c) Estar en posesión de cualquier título universitario que acredite la adquisición de las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 5 del anexo II.
4. CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA COMPETENCIA PARA LA MANIPULACIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS QUE EMPLEEN GASES FLUORADOS COMO AGENTE EXTINTOR.
4.1 Actividades habilitadas:
a) Instalación de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor.
b) Mantenimiento o revisión de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor incluida la recuperación, inclusive de extintores.
c) Control de fugas de acuerdo al Reglamento (CE) n.º 1497/2007 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2007, de equipos de protección contra incendios que empleen gases fluorados como agente extintor.
d) Manipulación y operaciones en los recipientes que contengan o se hayan diseñado para contener un agente extintor de gas fluorado.
4.2 Condiciones para otorgar la certificación:
a) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del el Programa Formativo 6 del anexo II.
b) Estar en posesión de cualquier título de formación profesional o certificado de profesionalidad que cubra las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 6 del anexo.
c) Estar en posesión de cualquier título universitario que acredite la adquisición de las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 6 del anexo II.
5. CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA COMPETENCIA PARA LA MANIPULACIÓN DE DISOLVENTES QUE CONTENGAN GASES FLUORADOS Y EQUIPOS QUE LOS EMPLEAN.
5.1 Actividades habilitadas:
a) Manipulación de disolventes a base de gases fluorados y carga de equipos que los emplean.
b) Recuperación de disolventes a base de gases fluorados de equipos que los empleen.
c) Manipulación de recipientes que contengan o se hayan diseñado para contener disolventes.
5.2 Condiciones para otorgar la certificación:
a) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 7 del anexo II.
b) Estar en posesión de cualquier título de formación profesional o certificado de profesionalidad que cubra las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 7 del anexo II.
c) Estar en posesión de cualquier título universitario que acredite la adquisición de las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 7 del anexo II.
6. CERTIFICADO ACREDITATIVO DE LA COMPETENCIA PARA LA RECUPERACIÓN DE HEXAFLUORURO DE AZUFRE DE EQUIPOS DE CONMUTACIÓN DE ALTA TENSIÓN.
6.1 Actividades habilitadas:
a) Recuperación de hexafluoruro de azufre de equipos de conmutación de alta tensión.
6.2 Condiciones para otorgar la certificación:
a) Acreditación de haber superado un curso de formación con los contenidos del Programa Formativo 8 del anexo II.
b) Estar en posesión de cualquier título de formación profesional o certificado de profesionalidad que cubra las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 8 del anexo II.
c) Estar en posesión de cualquier título universitario que acredite la adquisición de las competencias y conocimientos mínimos establecidos en el Programa Formativo 8 del anexo II.
Redactada la letra b) del apartado 2.1 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 211, de 31 de agosto de 2010. BOE-A-2010-13567. y los apartados 3.2, 4.2, 5.2 y 6.2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 108, de 6 de mayo de 2011. BOE-A-2011-7974.


