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Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 25 de junio de 2010 · Último cambio el 18 de febrero de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- preambulo 2 redacciones · cambió el 18/02/2017
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Actividades restringidas a personal en posesión de la certificación exigida.
- Artículo 4. Certificaciones personales.
- Artículo 5. Procedimiento para la expedición de certificaciones.
- Artículo 6. Procedimiento para la suspensión o retirada de certificaciones.
- Artículo 7. Registros.
- Artículo 8. Centros formativos y evaluadores.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Obligaciones específicas relativas a la distribución, comercialización y titularidad de los fluidos y equipos basados en ellos.
- Artículo 10. Etiquetado de equipos.
- Artículo 11. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Organismos de certificación de empresas.
- Disposición adicional segunda. Comunicación de los organismos competentes en la expedición de certificaciones a la Comisión Europea.
- Disposición adicional tercera. Exención de certificación en cadenas de montaje.
- Disposición adicional cuarta. Certificación del personal en centros autorizados de tratamiento de vehículos fuera de uso.
- Disposición adicional quinta. Certificación del personal en instalaciones de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
- Disposición adicional sexta. Tramitación electrónica.
- Disposición adicional séptima. Certificación otorgada por entidad acreditada.
- Disposición transitoria primera. Certificados provisionales para el personal.
- Disposición transitoria segunda. Certificados provisionales para empresas.
- Disposición transitoria tercera. Documentación justificativa de actividad profesional.
- Disposición transitoria cuarta. Reconocimiento de acreditaciones previas.
- Disposición final primera. Modificación del anexo II del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
- Disposición final segunda. Fundamento constitucional.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


