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Legislación › Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.

ANEXO IV

ANEXO IV

Registro de Certificaciones

1. Especificaciones técnicas del registro de certificaciones definido en el artículo 7.

La clave identificativa de las certificaciones personales para su inclusión en el registro general será un código único. Se compondrá de dos dígitos indicativos del organismo que emite el certificado, seguidos de dos dígitos representativos del año en que se expide, otros ocho dígitos correspondientes al número de orden y el identificador de certificación:

Los datos que deberán contener estos certificados para su registro serán los siguientes:

Clave de registro: 00 / 00 / 00000000 / ANEXI0.

Código de la comunidad autónoma. / año / número de orden / número de la certificación personal

Titular:

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

NIF/NIE:

Nacionalidad:

Identificador:

Sexo: V o M:

Fecha de nacimiento:

Fecha de otorgamiento DD/MM/AAAA:

Lugar de otorgamiento:

Estatus de la certificación (V: en vigor, ST: suspendida temporalmente, SI: suspendida indefinidamente, IT: inhabilitada temporalmente).

2. Códigos de las comunidades autónomas y ciudades autónomas utilizados para el registro de certificado de profesionalidad y para el registro de acreditación de unidades de competencia de las cualificaciones profesionales Código Comunidades:

01 Andalucía.

02 Aragón.

03 Principado de Asturias.

04 Islas Baleares.

05 Canarias.

06 Cantabria.

07 Castilla-La Mancha.

08 Castilla y León.

09 Cataluña.

10 Comunidad Valenciana.

11 Extremadura.

12 Galicia.

13 Madrid.

14 Región de Murcia.

15 Foral de Navarra.

16 País Vasco.

17 La Rioja.

18 Ceuta.

19 Melilla.

 

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