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Legislación › Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia.

Artículo 124. Extinción.

Artículo 124. Extinción.

Las medidas de protección se extinguen por:

a) Adopción.

b) Alcance de la mayoría de edad, emancipación o habilitación de edad.

c) Resolución judicial civil firme.

d) Constitución de la tutela.

e) Acuerdo del órgano competente que declara que han desaparecido las circunstancias que habían dado lugar a la adopción de la medida.

f) Muerte o declaración de defunción del niño o del adolescente.

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