LexTotal

Legislación › Ley

Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 28 de junio de 2010 · Último cambio el 4 de julio de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  5. Artículo 2. Ámbito personal y territorial de aplicación de la Ley.
  6. Artículo 3. Responsabilidad ciudadana y pública.
  7. Artículo 4. Interpretación de las normas relativas a los niños y adolescentes.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 5. El interés superior del niño o el adolescente.
  10. Artículo 6. Desarrollo de las potencialidades personales.
  11. Artículo 7. Derecho a ser escuchado.
  12. Artículo 8. Protección contra los maltratos.
  13. Artículo 9. No discriminación.
  14. Artículo 10. Perspectiva de género y de diversidad funcional.
  15. Artículo 11. Ciudadanía activa.
  16. Artículo 12. Respeto y apoyo a las responsabilidades parentales.
  17. Artículo 13. Fomento y apoyo a la educación.
  18. Artículo 14. Fomento y apoyo a las relaciones intergeneracionales.
  19. Artículo 15. Prioridad presupuestaria.
  20. Artículo 16. Difusión de los derechos de los niños y los adolescentes.
  21. Artículo 17. Ejercicio de los derechos propios por los niños y adolescentes.
  22. Artículo 18. Deberes y responsabilidades.
  23. Artículo 19. Conocimiento riguroso y divulgación de la realidad social.
  24. Artículo 20. Evaluación.
  25. CAPÍTULO III
  26. Artículo 21. Planificación.
  27. Artículo 22. Coordinación.
  28. Artículo 23. Recursos y servicios.
  29. Artículo 24. Actuación de las administraciones públicas.
  30. Artículo 25. Sistema de información y gestión en infancia y adolescencia.
  31. Artículo 26. Mesas territoriales de infancia.
  32. Artículo 27. Consejos de participación territorial y nacional de los niños y adolescentes.
  33. TÍTULO II
  34. CAPÍTULO I
  35. Artículo 28. Derechos civiles y políticos.
  36. Artículo 29. El defensor o defensora de los derechos de los niños y los adolescentes.
  37. Artículo 30. Derecho a la identidad, al nombre, a la nacionalidad y a conocer los orígenes.
  38. Artículo 31. Libertad de expresión.
  39. Artículo 32. Acceso a la información.
  40. Artículo 33. Libertad de pensamiento, conciencia y religión.
  41. Artículo 34. Derecho de participación.
  42. Artículo 35. Libertad de asociación y reunión.
  43. Artículo 36. Derecho a la protección del honor, la dignidad, la intimidad y la propia imagen.
  44. CAPÍTULO II
  45. Artículo 37. Responsabilidad en la crianza y la formación.
  46. Artículo 38. Derechos de relación y convivencia.
  47. Artículo 39. Mediación.
  48. Artículo 40. Traslados y retenciones ilícitos.
  49. CAPÍTULO III
  50. Artículo 41. Derecho a un nivel básico de bienestar.
  51. Artículo 42. Niños y adolescentes que encuentran limitaciones o barreras para el desarrollo o la participación.
  52. Artículo 43. Apoyo a la integración social de los niños y los adolescentes inmigrados.
  53. CAPÍTULO IV
  54. Artículo 44. Derecho a la prevención, la protección y la promoción de la salud.
  55. Artículo 45. Atención en situaciones de riesgo para la salud mental.
  56. Artículo 46. Hospitalización.
  57. Artículo 47. Derecho a decidir sobre la maternidad.
  58. CAPÍTULO V
  59. Artículo 48. Derecho a la educación.
  60. Artículo 49. Atención educativa de niños o adolescentes enfermos.
  61. Artículo 50. Niños y adolescentes que encuentran limitaciones o barreras para el desarrollo o la participación en distintas actividades.
  62. Artículo 51. Atención educativa al niño o adolescente en situación de desamparo.
  63. Artículo 52. No-escolarización, absentismo y abandono escolar.
  64. CAPÍTULO VI
  65. Artículo 53. Los niños y los adolescentes como ciudadanos.
  66. CAPÍTULO VII
  67. Artículo 54. Medio ambiente.
  68. Artículo 55. Derechos y deberes en el espacio urbano.
  69. Artículo 56. Zonas y equipamientos recreativos.
  70. CAPÍTULO VIII
  71. Artículo 57. Educación en el tiempo libre.
  72. Artículo 58. El juego y la práctica del deporte.
  73. CAPÍTULO IX
  74. Artículo 59. Publicidad dirigida a los niños y a los adolescentes.
  75. Artículo 60. Publicidad protagonizada por niños y adolescentes.
  76. Artículo 61. Imágenes, mensajes y objetos.
  77. Artículo 62. Publicaciones.
  78. Artículo 63. Material audiovisual.
  79. Artículo 64. Medios de comunicación social.
  80. CAPÍTULO X
  81. Artículo 65. Protección de los niños y los adolescentes como consumidores.
  82. Artículo 66. Productos comercializados para el uso o el consumo de los niños y los adolescentes.
  83. Artículo 67. Bebidas alcohólicas y tabaco
  84. Artículo 68. Otros productos o servicios que pueden perjudicar la salud.
  85. Artículo 69. Medicamentos.
  86. Artículo 70. Juegos de suerte, envite o azar y máquinas recreativas.
  87. Artículo 71. Bienes y medios culturales.
  88. Artículo 72. Espacios colectivos diurnos.
  89. Artículo 73. Alojamiento de niños o adolescentes sin el consentimiento de los progenitores o de los titulares de la tutela o de la guarda.
  90. TÍTULO III
  91. Artículo 74. Prevención general.
  92. Artículo 75. Promoción y sensibilización ciudadana.
  93. Artículo 76. Prevención de la ablación o la mutilación genital de las niñas y las adolescentes.
  94. Artículo 77. Prevención del riesgo social.
  95. Artículo 78. Prevención de la desprotección.
  96. Artículo 79. Elaboración de listas de indicadores y de recomendaciones.
  97. Artículo 80. Competencias de las intervenciones sociales preventivas.
  98. TÍTULO IV
  99. CAPÍTULO I
  100. Artículo 81. Protección efectiva ante los maltratos a niños y adolescentes.
  101. Artículo 82. Atención a niños y adolescentes maltratados.
  102. Artículo 83. Planes de colaboración y protocolos de protección ante los maltratos a niños y adolescentes.
  103. Artículo 84. Priorización de la permanencia del niño o el adolescente en un entorno familiar libre de violencia.
  104. Artículo 85. Tratamiento de la información sobre maltratos a niños y adolescentes.
  105. Artículo 86. Registro unificado de maltratos infantiles.
  106. Artículo 87. Protección ante la victimización secundaria.
  107. Artículo 88. Policía de la Generalidad - Mossos d’Esquadra.
  108. Artículo 89. Protección en el ámbito de la salud.
  109. Artículo 90. Protección en el ámbito de la educación.
  110. Artículo 91. Acción popular. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  111. CAPÍTULO II
  112. Artículo 92. Servicio de atención inmediata mediante recursos telefónicos y telemáticos.
  113. Artículo 93. Servicio de atención especializada a los niños y adolescentes víctimas de abuso sexual.
  114. Artículo 94. Fomento de programas para la detección y la atención del maltrato a niños y adolescentes.
  115. Artículo 95. Atención a niños y adolescentes que conviven con situaciones de violencia machista.
  116. CAPÍTULO III
  117. Artículo 96. Determinación de las situaciones de maltrato a niños y adolescentes para el acceso prioritario a los servicios y programas.
  118. Artículo 97. Atención prioritaria de los niños y los adolescentes víctimas de maltratos.
  119. TÍTULO V
  120. CAPÍTULO I
  121. Artículo 98. Competencia en materia de desamparo.
  122. Artículo 99. Competencia en materia de riesgo.
  123. Artículo 100. Deber de comunicación, intervención y denuncia.
  124. Artículo 101. Expediente de el niño y el adolescente.
  125. CAPÍTULO II
  126. Artículo 102. Definición y concepto.
  127. Artículo 103. Intervención de los servicios sociales.
  128. Artículo 104. Medidas de atención social y educativa ante las situaciones de riesgo.
  129. CAPÍTULO III
  130. Sección primera
  131. Artículo 105. Concepto.
  132. Artículo 106. Procedimiento de desamparo.
  133. Artículo 107. Procedimiento simplificado.
  134. Artículo 108. Notificación.
  135. Artículo 109. Efectos de la declaración de desamparo.
  136. Artículo 110. Medidas cautelares.
  137. Artículo 111. Atención inmediata y transitoria en familias acogedoras de urgencia o en centros de acogimiento.
  138. Artículo 112. Auxilio judicial y policial.
  139. Artículo 113. Régimen de recursos.
  140. Artículo 114. Acumulación procesal.
  141. Artículo 115. Cambio de circunstancias.
  142. Artículo 116. Régimen de relación y visitas.
  143. Artículo 117. Información al niño o adolescente desamparado.
  144. Artículo 118. El procurador o procuradora de los niños y los adolescentes.
  145. Sección segunda
  146. Artículo 119. Guarda protectora.
  147. Sección tercera
  148. Artículo 120. Tipología de las medidas.
  149. Artículo 121. Procedimiento para la adopción de medidas
  150. Artículo 122. Revisión y modificación.
  151. Artículo 123. Impugnación.
  152. Artículo 124. Extinción.
  153. Subsección primera
  154. Artículo 125. Medida de acogimiento familiar.
  155. Artículo 126. Clases.
  156. Artículo 127. Acogimiento en familia extensa y acogimiento en familia ajena.
  157. Artículo 128. Resolución de acogimiento.
  158. Artículo 129. Formalización del acogimiento.
  159. Artículo 130. Finalización del acogimiento familiar.
  160. Subsección segunda
  161. Artículo 131. Acogimiento convivencial de acción educativa.
  162. Subsección tercera
  163. Artículo 132. Adopción de la medida de acogimiento en centro.
  164. Artículo 133. Centros o unidades de educación intensiva.
  165. Artículo 134. Derechos de los niños y los adolescentes acogidos en centros.
  166. Artículo 135. Deberes de los niños y los adolescentes acogidos en centros.
  167. Artículo 136. Incumplimiento de los deberes de convivencia en el centro.
  168. Artículo 137. Medidas educativas.
  169. Artículo 138. Incumplimientos de deberes gravemente perjudiciales para la convivencia.
  170. Artículo 139. Medidas educativas en caso de incumplimientos gravemente perjudiciales.
  171. Artículo 140. Criterios para la aplicación de las medidas educativas.
  172. Artículo 141. Audiencia de la persona interesada.
  173. Artículo 142. Contenido y función de las medidas educativas.
  174. Artículo 143. Petición de excusas y reparación de los daños.
  175. Artículo 144. Aplicación de la medida.
  176. Artículo 145. Infracciones penales.
  177. Subsección cuarta
  178. Artículo 146. Transición a la vida adulta y a la autonomía personal.
  179. Subsección quinta
  180. Artículo 147. Medida de acogimiento preadoptivo.
  181. Artículo 148. Resolución de acogimiento.
  182. Artículo 149. Formalización del acogimiento.
  183. Artículo 150. Finalización del acogimiento preadoptivo.
  184. CAPÍTULO IV
  185. Artículo 151. Medidas asistenciales.
  186. Artículo 152. Programas de apoyo a la emancipación y a la autonomía personal de los jóvenes extutelados y en situación de riesgo para promover la igualdad de oportunidades.
  187. CAPÍTULO V
  188. Artículo 153. Coordinación interadministrativa.
  189. Artículo 154. Menores de catorce años que cometen infracciones penales.
  190. Artículo 155. Mayores de catorce años.
  191. TÍTULO VI
  192. CAPÍTULO I
  193. Artículo 156. Infracciones y sujetos responsables.
  194. Artículo 157. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  195. Artículo 158. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  196. Artículo 159. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  197. Artículo 160. Reincidencia.
  198. CAPÍTULO II
  199. Artículo 161. Sanciones en el ámbito de la presente Ley. 3 redacciones · cambió el 04/07/2024
  200. Artículo 162. Acumulación de sanciones.
  201. Artículo 163. Graduación de las sanciones.
  202. CAPÍTULO III
  203. Artículo 164. Órganos sancionadores.
  204. Artículo 165. Procedimiento sancionador.
  205. Artículo 166. Destinación de las sanciones.
  206. Artículo 167. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
  207. Disposición adicional primera. Recursos financieros y económicos.
  208. Disposición adicional segunda. Instituciones colaboradoras de integración familiar.
  209. Disposición adicional tercera. Sistema de información y gestión en infancia y adolescencia.
  210. Disposición adicional cuarta. Nivel de objetivos de las prestaciones garantizadas en la Cartera de servicios sociales.
  211. Disposición adicional quinta. Informes periódicos de valoración y análisis desde la perspectiva de la infancia y la adolescencia.
  212. Disposición adicional sexta. Investigación sobre maltratos infantiles y creación de un centro de investigación especializado.
  213. Disposición adicional séptima. Integración de las prestaciones y pensiones en el patrimonio del menor. 4 redacciones · cambió el 04/08/2020
  214. Disposición adicional octava. 2 redacciones · cambió el 04/08/2020
  215. Disposición adicional novena. 2 redacciones · cambió el 04/08/2020
  216. Disposición transitoria primera. Evaluación de resultados y de impacto.
  217. Disposición transitoria segunda. Mapa de recursos y servicios para la prevención y protección de los niños y los adolescentes.
  218. Disposición transitoria tercera. Integración de la Comisión interdepartamental de coordinación de las actuaciones de la Administración de la Generalidad dirigidas a los niños y a los adolescentes con discapacidades o riesgo de tenerlas en las mesas territoriales de infancia.
  219. Disposición transitoria cuarta. Plazos de impugnación o revisión de resoluciones de desamparo.
  220. Disposición derogatoria.
  221. Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
  222. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 13/2006.
  223. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 13/1997 y de la denominación del Instituto Catalán del Acogimiento y de la Adopción. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  224. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  225. Firma