Legislación › Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia.
Artículo 14. Fomento y apoyo a las relaciones intergeneracionales.
Artículo 14. Fomento y apoyo a las relaciones intergeneracionales.
Las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, deben promover y favorecer las relaciones intergeneracionales, procurando evitar que los distintos niveles de edad se aíslen en sí mismos y propiciando el voluntariado social de las personas de la tercera edad para colaborar en actividades con niños y adolescentes, así como el voluntariado social de los niños y los adolescentes para colaborar en actividades con personas de la tercera edad.


