Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Artículo 2. Carácter mercantil.
Artículo 2. Carácter mercantil.
Las sociedades de capital, cualquiera que sea su objeto, tendrán carácter mercantil.


