Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Artículo 402. Prohibición legal.
Artículo 402. Prohibición legal.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.g) de la Ley 5/2015, de 27 de abril. BOE-A-2015-4607.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de abril de 2015 En vigor | BOE-A-2015-4607 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2010 | Texto original | Leer |


