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Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Artículo 512. Carácter obligatorio del reglamento de la junta general.

Artículo 512. Carácter obligatorio del reglamento de la junta general.

La junta general de accionistas de la sociedad anónima cotizada, constituida con el quórum del artículo 193 o con el superior previsto a este propósito en los estatutos, aprobará un reglamento específico para la junta general. En este reglamento podrán contemplarse todas aquellas materias que atañen a la junta general, respetando lo establecido en la ley y los estatutos.

Se modifica por el art. 3.12 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. BOE-A-2021-5773

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3 de mayo de 2021 En vigor BOE-A-2021-5773 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2010 Texto original Leer

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