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Legislación › Ley 2/2010, de 7 de junio, del Consejo Audiovisual de las Illes Balears.

Artículo 7. Composición.

Artículo 7. Composición.

El Consejo Audiovisual está integrado por nueve miembros, que tienen que ser personas de prestigio reconocido y con experiencia profesional en el ámbito audiovisual o en aquellos ámbitos que tengan incidencia en el sector audiovisual, como el económico, el cultural, el social y el universitario, y que ofrezcan garantías plenas de independencia.

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