LexTotal

Legislación › Real Decreto 824/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los laboratorios farmacéuticos, los fabricantes de principios activos de uso farmacéutico y el comercio exterior de medicamentos y medicamentos en investigación.

Disposición adicional segunda. Fabricación de autovacunas de uso veterinario.

Disposición adicional segunda. Fabricación de autovacunas de uso veterinario.

La fabricación de autovacunas de uso veterinario, regulada por su normativa específica, seguirá unos principios equivalentes a las normas de correcta fabricación a efectos de garantizar la calidad de dichos medicamentos.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →