LexTotal

Legislación › Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Artículo 33. Base de las reducciones.

Artículo 33. Base de las reducciones.

Los porcentajes de reducción que establecen las secciones tercera a décima se aplican sobre el importe resultante de haber deducido del valor de los bienes o derechos que son objeto de la reducción el importe de las cargas y los gravámenes que establece el artículo 12 de la Ley del Estado 29/1987. El valor así determinado, sin prorrateo del importe de las deudas y gastos generales legalmente deducibles, constituye la base de cálculo de la reducción. La aplicación de la regla de cálculo establecida en el párrafo precedente no puede determinar en ningún caso bases liquidables negativas.

Se modifica por el art. 61 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. BOE-A-2012-4730.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 2012 En vigor BOE-A-2012-4730 Leer Qué cambió
12 de junio de 2010 Texto original Leer

← Artículo 32 Índice Artículo 34 →