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Legislación › Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 172. Vía de apremio.

Artículo 172. Vía de apremio.

Los importes de las sanciones pecuniarias, los gastos de la ejecución subsidiaria, así como la indemnización de los daños y perjuicios causados, podrán ser exigidos por la vía de apremio, conforme al procedimiento recaudatorio en vía ejecutiva previsto en la normativa que resulte de aplicación.

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