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Legislación › Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 56. Órgano competente.

Artículo 56. Órgano competente.

Corresponde a la Consejería con competencias en materia de medio ambiente la instrucción, tramitación y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada.

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