Legislación › Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 56. Órgano competente.
Artículo 56. Órgano competente.
Corresponde a la Consejería con competencias en materia de medio ambiente la instrucción, tramitación y resolución del procedimiento de autorización ambiental unificada.


