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Legislación › Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Disposición adicional segunda. Procedimiento abreviado de evaluación de impacto ambiental de líneas eléctricas.

Disposición adicional segunda. Procedimiento abreviado de evaluación de impacto ambiental de líneas eléctricas.

En la evaluación de impacto ambiental abreviada de los proyectos de líneas eléctricas incluidas en el anexo III, se aplicará el procedimiento establecido en la normativa al respecto de la adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente. Los proyectos de líneas eléctricas que no precisen evaluación de impacto ambiental por no estar recogidos en los anexos de esta ley, deberán cumplir las condiciones técnicas recogidas en dicha normativa en los casos en que ésta así lo establezca.

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