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Legislación › Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía.

Artículo 132. Supresión de las entidades locales autónomas.

Artículo 132. Supresión de las entidades locales autónomas.

Las entidades locales autónomas podrán ser suprimidas en los mismos supuestos y por el mismo procedimiento y con los mismos requisitos previstos para las entidades vecinales, siendo competencia del respectivo ayuntamiento, oída la junta vecinal de la entidad.

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