Legislación › Ley 2/2010, de 13 de mayo, de comercio de Castilla-La Mancha.
Artículo 38. Información.
Artículo 38. Información.
1. El comerciante que practique una liquidación, deberá comunicar este hecho a la Consejería competente en materia de comercio, con una antelación de diez días a su inicio efectivo, expresando la causa de la liquidación, la duración prevista y el lugar donde se realiza.
2. La venta en liquidación deberá anunciarse con esa denominación indicando la causa de ésta.
Se modifica el apartado 1 por el art. 6.15 de la Ley 1/2013, de 21 de marzo. BOE-A-2013-10412.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-10412 | Leer | Qué cambió |
| 22 de mayo de 2010 | Texto original | Leer |


