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Legislación › Ley 2/2010, de 13 de mayo, de comercio de Castilla-La Mancha.

Artículo 38. Información.

Artículo 38. Información.

1. El comerciante que practique una liquidación, deberá comunicar este hecho a la Consejería competente en materia de comercio, con una antelación de diez días a su inicio efectivo, expresando la causa de la liquidación, la duración prevista y el lugar donde se realiza.

2. La venta en liquidación deberá anunciarse con esa denominación indicando la causa de ésta.

Se modifica el apartado 1 por el art. 6.15 de la Ley 1/2013, de 21 de marzo. BOE-A-2013-10412.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-10412 Leer Qué cambió
22 de mayo de 2010 Texto original Leer

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