Legislación › Orden ARM/2077/2010, de 27 de julio, para el control de acceso de buques de terceros países, operaciones de transito, transbordo, importación y exportación de productos de la pesca para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se habilita al Secretario General del Mar para modificar los anexos a la presente orden.
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