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Legislación › Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana.

Artículo 16. Comparecencias de los senadores o de las senadoras.

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Artículo 16. Comparecencias de los senadores o de las senadoras.
1. Los grupos parlamentarios podrán solicitar la comparecencia de los senadores y de las senadoras designados en representación de la Comunitat Valenciana para que informen sobre temas relacionados con la actividad parlamentaria, siguiendo el procedimiento que el Reglamento de Les Corts establezca para las comparecencias de los miembros del Consell.
2. En todo caso al menos anualmente los senadores y las senadoras comparecerán ante la Comisión de Coordinación, Organización y Régimen de las Instituciones para rendir cuentas de su trabajo en el Senado.
3. La comparecencia del senador o senadora en virtud de lo establecido en este artículo serán de carácter obligatorio.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de los apartados 2 y 3 en la redacción dada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, desde el 28 de julio de 2017 para las partes en el proceso y desde el 27 de septiembre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 19 de septiembre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4061/2017. BOE-A-2017-10957

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2019 En vigor BOE-A-2020-446 Leer Qué cambió
16 de noviembre de 2017 BOE-A-2017-13227 Leer Qué cambió
27 de septiembre de 2017 BOE-A-2017-10957 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2016 BOE-A-2016-11023 Leer Qué cambió
10 de julio de 2010 Texto original Leer

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