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Legislación › Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

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Artículo 1. Objeto y ámbito de la protección. aplicación.
1. La presente Ley tiene por objeto regular el El sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una por el cese de actividad económica o profesional tiene por objeto dispensar a título lucrativo y estando incluidos en los niveles de protección en ella recogidos, hubieren cesado en esa actividad, con arreglo trabajadores autónomos, afiliados a lo establecido en su artículo 5.
2. El cese de actividad, incluido el que afecta al trabajador autónomo económicamente dependiente, habrá de ser total en
la actividad económica o profesional que de forma habitual, personal y directa se viniere desempeñando Seguridad Social y siempre que hubiere dado lugar al encuadramiento obligatorio en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en Mar, las condiciones descritas prestaciones y medidas establecidas en esta ley ante la situación de cese total en la actividad que originó el siguiente artículo. alta en el Régimen Especial, no obstante poder y querer ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo.
3. 2. El cese de actividad podrá ser definitivo o temporal. El cese temporal comporta la interrupción por de todas las actividades que originaron el alta en el Régimen Especial en el que el trabajador autónomo, autónomo figure encuadrado, en los supuestos previstos regulados en el artículo 5, 5.
3. El régimen
de todas las actividades a la que se refiere protección de los trabajadores por cuenta propia incluidos en el número anterior. Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios se regirá por lo dispuesto en la disposición adicional octava.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2014-13568 Leer Qué cambió
6 de noviembre de 2010 Texto original Leer

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