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Legislación › Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, por la que se regula el currículo mixto de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, así como los requisitos para su obtención.

Disposición adicional única. Acceso a la universidad española.

Disposición adicional única. Acceso a la universidad española.

El alumnado que haya obtenido el título de Baccalauréat en virtud del Real Decreto 102/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas acogidas al Acuerdo entre el Gobierno de España y el Gobierno de Francia relativo a la doble titulación de Bachiller y de Baccalauréat en centros docentes españoles, podrá acogerse a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la disposición adicional trigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, para acceder a las universidades españolas.

Se modifica por el art. único.5 de la Orden EFP/935/2022, de 27 de septiembre. BOE-A-2022-15953

Téngase en cuenta que esta modificación se implantará para primer curso de Bachillerato en el año académico 2022-2023, y para el segundo curso de Bachillerato, en el curso académico 2023-2024, según establece la disposición final 1 de la citada Orden.

Se modifica por el art. único.4 de la Orden ECD/1961/2015, de 24 de septiembre. BOE-A-2015-10392

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de octubre de 2022 En vigor BOE-A-2022-15953 Leer Qué cambió
30 de septiembre de 2015 BOE-A-2015-10392 Leer Qué cambió
8 de agosto de 2010 Texto original Leer

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