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Legislación › Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine.

Artículo 35. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la distribución independiente.

Artículo 35. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la distribución independiente.

Se crea el Fondo para el fomento de la distribución independiente, para impulsar la actividad de las empresas distribuidoras independientes con domicilio social en Cataluña, o bien las de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en Cataluña, con el objetivo de fortalecer su capacidad de comercialización.

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