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Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 7 de agosto de 2010 · Último cambio el 12 de mayo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto de la Ley.
  4. Artículo 2. Ámbito aplicable.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Órganos competentes. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 5. Coordinación de las políticas públicas.
  9. Artículo 6. Acuerdo-marco para el fomento de la industria cinematográfica y audiovisual.
  10. Artículo 7. Colaboración entre la Generalidad y la Administración general del Estado.
  11. Artículo 8. Colaboración entre la Generalidad y los gobiernos de otros territorios de habla catalana.
  12. CAPÍTULO III
  13. Sección primera
  14. Artículo 9. Naturaleza jurídica y adscripción.
  15. Artículo 10. Obligación de inscripción, organización y funcionamiento del Registro.
  16. Artículo 11. Comunicaciones electrónicas.
  17. Sección segunda
  18. Artículo 12. Calificación de las obras cinematográficas y audiovisuales.
  19. Artículo 13. Publicidad de la calificación de las obras cinematográficas y audiovisuales.
  20. Sección tercera
  21. Artículo 14. Certificado de nacionalidad española.
  22. Artículo 15. Coproducción internacional de obras cinematográficas o audiovisuales.
  23. Sección cuarta
  24. Artículo 16. Actividad de las empresas productoras. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  25. Artículo 17. Actividad de las empresas distribuidoras.
  26. Artículo 18. Garantía de acceso lingüístico. 2 redacciones · cambió el 19/07/2017
  27. Artículo 19. Actividad de las empresas exhibidoras. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  28. Artículo 20. Funcionamiento y control de las salas de exhibición cinematográfica.
  29. Artículo 21. Control del número de espectadores y declaración de rendimientos.
  30. Artículo 22. Proyecciones cinematográficas realizadas por las administraciones públicas.
  31. Artículo 23. Salas X.
  32. Artículo 24. Creación y gestión del programa de concertación de pantallas cinematográficas de Cataluña. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  33. Artículo 25. Programación del programa de concertación de pantallas cinematográficas de Cataluña. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  34. CAPÍTULO IV
  35. Sección primera
  36. Artículo 26. Régimen jurídico.
  37. Artículo 27. Órgano competente.
  38. Artículo 28. Marco de financiación.
  39. Artículo 29. Fondos de fomento.
  40. Artículo 30. Dotación de los fondos.
  41. Artículo 31. Requisitos para poderse beneficiar de los recursos públicos establecidos por la presente ley.
  42. Sección segunda
  43. Artículo 32. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la producción de obras cinematográficas y audiovisuales.
  44. Artículo 33. Criterios para el otorgamiento de subvenciones.
  45. Artículo 34. Requisitos para acceder a las subvenciones.
  46. Sección tercera
  47. Artículo 35. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la distribución independiente.
  48. Artículo 36. Criterios para el otorgamiento de ayudas.
  49. Sección cuarta
  50. Artículo 37. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la exhibición.
  51. Artículo 38. Criterios para el otorgamiento de las ayudas.
  52. Sección quinta
  53. Artículo 39. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la difusión y la promoción de las obras y la cultura cinematográficas.
  54. Artículo 40. Criterios para el otorgamiento de ayudas.
  55. Sección sexta
  56. Artículo 41. Creación y objetivo del Fondo para el fomento de la competitividad empresarial.
  57. Artículo 42. Criterios para el otorgamiento de recursos.
  58. CAPÍTULO V
  59. Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  60. Artículo 44. Obras cinematográficas y audiovisuales de interés artístico o histórico. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  61. Artículo 45. Difusión de la cultura cinematográfica en el sistema educativo. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  62. Artículo 46. Instituto de la Filmoteca Nacional de Cataluña. 3 redacciones · cambió el 12/05/2026
  63. CAPÍTULO VI
  64. Artículo 47. Normativa aplicable.
  65. Artículo 48. Competencia inspectora.
  66. Artículo 49. Competencia sancionadora.
  67. Artículo 50. Infracciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
  68. Artículo 51. Sanciones.
  69. Artículo 52. Graduación de las sanciones.
  70. Artículo 53. Ejecución de las sanciones.
  71. Disposición adicional primera. Acceso de las personas con discapacidad a las obras cinematográficas y audiovisuales. 2 redacciones · cambió el 12/05/2026
  72. Disposición adicional segunda. Competencias del Consejo Nacional de la Cultura y de las Artes.
  73. Disposición adicional tercera. Informe sobre la mejora de la calidad, las garantías y la ocupación de los trabajadores de los sectores cinematográfico y audiovisual.
  74. Disposición adicional cuarta. Formalización del Acuerdo-marco para el fomento de la industria cinematográfica y audiovisual.
  75. Disposición adicional quinta. Entidad competente en materia cinematográfica y audiovisual.
  76. Disposición adicional sexta. Políticas de apoyo a la adecuación de salas de exhibición cinematográfica para exhibir obras cinematográficas o audiovisuales en formato digital.
  77. Disposición transitoria. Vigencia temporal del Decreto sobre régimen administrativo de la cinematografía y el audiovisual
  78. Disposición derogatoria.
  79. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  80. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  81. Firma