Legislación › Ley 20/2010, de 7 de julio, del cine.
Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de enero de 2011 y la del 13 de mayo de 2026.
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Artículo 43. Conservación, promoción y difusión del patrimonio fílmico y documental.
1. Corresponde al Instituto Catalán de las Industrias Culturales la Filmoteca Nacional de Cataluña conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico y documental de Cataluña.
2. El Instituto Catalán de las Industrias Culturales la Filmoteca Nacional de Cataluña puede establecer convenios de colaboración con otras administraciones públicas o entidades privadas que tengan el por objeto de conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico o documental.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de mayo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15678 | Leer | Qué cambió |
| 16 de enero de 2011 | Texto original | Leer |


