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Legislación › Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.

Artículo 126-19. Innovación e investigación en consumo.

Artículo 126-19. Innovación e investigación en consumo.

El Gobierno debe garantizar la innovación y la investigación en consumo mediante el centro permanente de educación en consumo, con los siguientes objetivos:

a) Impulsar la innovación, la investigación y los estudios sobre actitudes y tendencias de consumo y el desarrollo de proyectos de investigación estratégicos.

b) Promover la transferencia del conocimiento en consumo con otros organismos públicos y privados.

c) Fomentar espacios de reflexión y de pensamiento dirigidos a empresas, fabricantes, distribuidores, organizaciones de protección de los derechos e intereses de los consumidores, expertos, grupos de interés y administraciones públicas, con el objetivo de anticipar líneas de actuación de futuro en el ámbito del consumo.

Se añade por el art. 88.3 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953

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