Legislación › Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
Artículo 225-1. Las relaciones de consumo no sedentarias en lugares fijos.
Artículo 225-1. Las relaciones de consumo no sedentarias en lugares fijos.
A los efectos de la presente ley, se entiende por relaciones de consumo en establecimientos no sedentarios las que los empresarios llevan a cabo fuera de un establecimiento permanente, de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perímetros y lugares debidamente autorizados.


