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Legislación › Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Disposición adicional sexta. Consolidación de las cuentas anuales.

Disposición adicional sexta. Consolidación de las cuentas anuales.

Los entes del sector público instrumental de la comunidad autónoma que formen parte entre sí de un grupo de empresas, además de rendir cuentas individualmente, deben consolidar, a través de la entidad matriz, las cuentas del grupo.

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