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Legislación › Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Disposición adicional cuarta. Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de enero de 2010 y la del 2 de abril de 2021. Tachado: lo que se quitó (47 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional cuarta. Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación.
INTECO, como centro de excelencia promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el desarrollo de la sociedad del conocimiento, podrá desarrollar proyectos de innovación y programas de investigación dirigidos a la mejor implantación de las medidas de interoperabilidad contempladas en el presente real decreto. (Suprimida)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de abril de 2021 En vigor BOE-A-2021-5032 Leer Qué cambió
30 de enero de 2010 Texto original Leer

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