Legislación › Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Disposición adicional cuarta. Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de enero de 2010 y la del 2 de abril de 2021.
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Disposición adicional cuarta. Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación.
INTECO, como centro de excelencia promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el desarrollo de la sociedad del conocimiento, podrá desarrollar proyectos de innovación y programas de investigación dirigidos a la mejor implantación de las medidas de interoperabilidad contempladas en el presente real decreto. (Suprimida)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de abril de 2021 En vigor | BOE-A-2021-5032 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2010 | Texto original | Leer |
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