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Legislación › Orden PRE/92/2010, de 22 de enero, por la que se establecen las normas para la Inspección Técnica de Vehículos Automóviles y Remolques de la Guardia Civil.

Artículo 3. Inspecciones que pueden realizarse en las estaciones ITV/GC.

Artículo 3. Inspecciones que pueden realizarse en las estaciones ITV/GC.

En las estaciones ITV/GC podrán realizarse las siguientes inspecciones:

a) Las periódicas de los vehículos establecidas en el artículo 2 de la presente orden.

b) Aquellas otras extraordinarias que circunstancias especiales así lo aconsejen, y que serán determinadas por el Servicio de Material Móvil de la Guardia Civil.

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