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Legislación › Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

Disposición transitoria tercera. Obligación de disponer de contadores.

Disposición transitoria tercera. Obligación de disponer de contadores.

Los usuarios deberán disponer de contadores homologados para la medición de los consumos, en el plazo de dieciocho meses a contar desde la entrada en vigor de esta Ley.

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