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Legislación › Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Artículo 28. Los requisitos de titulación del Profesorado en centros privados y públicos no dependientes de la Administración educativa.

Artículo 28. Los requisitos de titulación del Profesorado en centros privados y públicos no dependientes de la Administración educativa.

Las titulaciones requeridas para la impartición de los módulos tanto del bloque común, como del bloque específico que forman los ciclos de enseñanza deportiva de grado medio en buceo deportivo con escafandra autónoma, para el Profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, se concretan en el anexo X del presente real decreto.

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