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Legislación › Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

ANEXO VI A

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2010 y la del 22 de julio de 2026. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (15 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO VI A
Espacios y equipamientos mínimos del ciclo inicial
Ciclo inicial
Espacio formativo ·
Superficie
–
m2
30 alumnos
·
Superficie
–
m2
20 alumnos
·
Módulo de enseñanza deportiva ·
Aula polivalente. ·
60 ·
40 ·
Módulos de enseñanza deportiva de los bloques común y específico del ciclo inicial. ·
Gimnasio. ·
120 ·
90 ·
MED-C101-.Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102- Primeros auxilios.
MED-C103- MED-C105: Actividad física adaptada y físico-deportiva para personas con discapacidad.
·
Piscina. ·
300 ·
200 ·
MED-ASBD102- Entorno natural del buceo deportivo.
MED-ASBD103- Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo MED-ASBD104- Conducción subacuática.
·
Espacio formativo ·
Módulo de enseñanza deportiva ·
• Zona de inmersión:
Espacio singular para realizar inmersiones de buceo deportivo con profundidades de hasta 25 m ubicado fuera del centro de formación.
• Centro de inmersión:
Espacio singular para preparar las inmersiones de buceo deportivo que puede estar ubicado fuera del centro de formación y que disponga de una estación de carga, vestuarios, almacén de material, oficinas y servicios.
• Embarcación despachada debidamente, por su correspondiente Capitanía Marítima para el traslado de al menos 12 buceadores.
• Aula Taller.
·
MED-ASBD102- Entorno natural del buceo deportivo.
MED-ASBD103- Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo.
MED-ASBD104- Conducción subacuática.
·
Equipamientos: Ciclo inicial
Equipamiento del aula polivalente ·
Módulo de enseñanza deportiva ·
• Equipos audiovisuales. Cañón de proyección.
• PCs instalados en red con conexión a Internet.
• Software específico.
·
MED-C101- Bases del comportamiento deportivo.
MED-C102- Primeros auxilios.
MED-C103- MED-C105: Actividad física adaptada y físico-deportiva para personas con discapacidad.
MED-C104- Organización deportiva.
MED-ASBD102- Entorno natural del buceo deportivo.
MED-ASBD103- Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo.
MED-ASBD104- Conducción subacuática.
·
Equipamiento del gimnasio ·
Módulo de enseñanza deportiva ·
• Maniquíes de primeros auxilios (adulto y bebe).
• Material de inmovilización y movilización.
• Material de cura.
• Desfibrilador externo semiautomático.
• Material deportivo adaptado.
·
MED-C102- Primeros auxilios.
MED-C103- MED-C105: Actividad física adaptada y físico-deportiva para personas con discapacidad.
·
·
Módulo de enseñanza deportiva ·
Equipamiento Aula Taller
·
·
Equipo General:
Equipo de administración de oxígeno normobárico.
Herramientas adecuadas para el mantenimiento de los equipos.
Repuestos de los elementos desgastables o que pueden sufrir pérdida de los equipos.
Oxímetro.
Manómetros.
Botiquín.
Libros de registro y control de equipos y botellas.
Plan de evacuación y emergencias.
·
MED-ASBD102- Entorno natural del buceo deportivo.
MED-ASBD103- Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo.
MED-ASBD104- Conducción subacuática.
·
Equipos de buceo por alumno:
Una botella de buceo con capacidad mínima de 12 litros, 2 reguladores, latiguillo para chaleco, manómetro y profundímetro, o bien, 1 regulador con dos segundas etapas, latiguillo para chaleco, manómetro y profundímetro, chaleco hidrostático, cinturón de lastre, gafas de buceo, tubo respirador, un elemento de corte, que pueden ser cuchillo o tijeras, traje de buceo, aletas, boya sumergible con carrete/spool con un mínimo de 20 m de cabo, tablilla/pizarra sumergible, brújula sumergible, linterna sumergible, carrete guía con un mínimo de 50 m de hilo.
·
Equipamiento Centro de Inmersión
·
Almacén de equipos para el alquiler
Estación de carga.
Botellas de gases.
Oxímetro.
Manómetros.
Botiquín.
Herramientas adecuadas para el mantenimiento de los equipos.
Repuestos de los elementos desgastables o que pueden perderse.
·
Equipamiento embarcación para el transporte de buceadores
·
Elementos de señalización y cabos de ascenso-descenso.
Equipo de Comunicaciones.
Botiquín de primeros auxilios.
Equipo de administración de oxígeno normobárico.
Elementos de seguridad para la estiba de los equipos.
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-14332 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2010 Texto original Leer

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