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Legislación › Real Decreto 932/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en buceo deportivo con escafandra autónoma y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

ANEXO V

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 2010 y la del 22 de julio de 2026. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO V
Acceso módulo formación práctica
Acceso módulo formación práctica ·
Módulos a superar ·
Ciclo inicial
MED-ASBD105- Formación práctica.
·
Bloque común:
• MED-C101- Bases del comportamiento deportivo.
• MED-C102- Primeros Auxilios.
Bloque específico:
• MED-ASBD102- Entorno natural del buceo deportivo.
• MED-ASBD103- Organización de actividades de descubrimiento y conducción de buceo deportivo.
• MED-ASBD104- Conducción subacuática.
·
Ciclo final
MED- ASBD207- Formación práctica.
·
Bloque común:
– MED-C201- Bases del aprendizaje deportivo.
– MED-C202- Bases del entrenamiento deportivo.
– MED-C203- Deporte adaptado y MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad.
Bloque específico:
• MED-ASBD201- Escuela de buceo deportivo.
• MED-ASBD202- Programación de la formación en el buceo deportivo.
• MED-ASBD203- Instrucción en el nivel básico de buceo deportivo.
• MED-ASBD204- Instrucción en el nivel avanzado de buceo deportivo.
• MED-ASBD205- Seguridad en los cursos de buceo deportivo.
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-14332 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 2010 Texto original Leer

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