LexTotal

Legislación › Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Artículo 2. Identificación de los títulos de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo, y Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.

Artículo 2. Identificación de los títulos de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo, y Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.

1. El título de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo queda identificado por los siguientes elementos:

a) Denominación: Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo.

b) Nivel: Enseñanzas Deportivas de Grado Medio.

c) Duración: 1.450 horas.

d) Referente europeo: CINE-3 (Clasificación Internacional Normalizada de Educación).

2. El título de Técnico Deportivo en Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre queda identificado por los siguientes elementos:

a) Denominación: Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.

b) Nivel: Enseñanzas Deportivas de Grado Medio.

c) Duración: 1.280 horas.

d) Referente europeo: CINE-3 (Clasificación Internacional Normalizada de Educación).

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →