Legislación › Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 33. Acceso a otros estudios.
Artículo 33. Acceso a otros estudios.
Los títulos de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Saltos, Doma y Concurso Completo, y Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre permitirán el acceso directo a todas las modalidades de bachillerato.


