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Legislación › Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

ANEXO XVI

ANEXO XVI

Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia deportiva

Módulos de Enseñanza Deportiva Experiencia deportiva
Ciclo inicial de grado medio en hípica
MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra.

Deportista de alto nivel en hípica.

Deportista de alto rendimiento en hípica.

Componentes de selecciones hípicas españolas en las categorías absoluta y jóvenes jinetes.

Ciclo final de grado medio en salto, doma y concurso completo, y ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre

MED-HISD207: Perfeccionamiento técnico en salto.

MED-HISD208: Perfeccionamiento técnico en doma.

MED-HISD209: Perfeccionamiento técnico en concurso completo.

MED-HITE211: Perfeccionamiento técnico en raid.

MED-HITE212: Perfeccionamiento técnico en trec.

Jinete o amazona con la condición de deportistas de alto nivel, por resultados obtenidos en la disciplina hípica correspondiente al módulo de enseñanza deportiva.

La condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento se acreditará de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

La experiencia deportiva en hípica, se acreditará mediante certificado expedido por la Real Federación Hípica Española, en la que consten los rendimientos obtenidos, la competición o eventos en los que se obtuvieron, y el periodo de tiempo durante el que se mantuvieron.

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