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Legislación › Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

Disposición final primera. Referencia de los títulos de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo y Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Disposición final primera. Referencia de los títulos de Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo y Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

En el momento de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, de las correspondientes cualificaciones profesionales de las disciplinas hípicas incluidas en los títulos objeto del presente real decreto, será de aplicación, en relación con las cualificaciones y, en su caso, con las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, lo dispuesto en los artículos 6, 9, 16 y los apartados 2 y 3 del artículo 34, siempre y cuando las unidades de competencia mantengan su nivel.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 244, de 8 de octubre de 2010. BOE-A-2010-15359

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