Legislación › Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
ANEXO XI
ANEXO XI
Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente
| Módulos de enseñanza deportiva. Ciclo de grado superior en hípica | Experiencia docente |
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MED-HIHI302: Planificación y programación del alto rendimiento en hípica. MED-HIHI303: Preparación física del jinete o la amazona. MED-HIHI304: Entrenamiento deportivo/condicional del caballo de ARD. MED-HIHI305: Dirección y gestión de un centro ecuestre. MED-HIHI306: Entrenamiento técnico-táctico en hípica. MED-HIHI307: Dirección técnica en competiciones hípicas de ARD. MED-HIHI308: Organización y gestión de competiciones hípicas de ARD. MED-HIHI309: Proyecto. |
Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del Real Decreto. 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de la horas establecidas en este real decreto para el módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa. |
La experiencia docente se acreditará mediante certificado expedido por la Comunidad Autónoma que autorizó dichas formaciones en el que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la misma.


