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Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

En vigor Ministerio de Educación · Publicada el 31 de agosto de 2010 · Último cambio el 2 de julio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 2. Identificación del título de Técnico Deportivo Superior en Hípica.
  7. Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo Superior en Hípica.
  8. Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo Superior en Hípica. 2 redacciones · cambió el 02/07/2026
  9. CAPÍTULO III
  10. Artículo 5. Perfil profesional del ciclo de grado superior en hípica.
  11. Artículo 6. Competencia general del ciclo de grado superior en hípica.
  12. Artículo 7. Competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en hípica.
  13. Artículo 8. Entorno profesional, laboral y deportivo del ciclo de grado superior en hípica.
  14. CAPÍTULO IV
  15. Artículo 9. Estructura de ciclo de grado superior en hípica. 2 redacciones · cambió el 05/03/2014
  16. Artículo 10. Ratio profesor/alumno.
  17. Artículo 11. Módulo de formación práctica.
  18. Artículo 12. Determinación del currículo.
  19. Artículo 13. Espacios y equipamientos deportivos.
  20. CAPÍTULO V
  21. Artículo 14. Requisitos generales de acceso al ciclo de grado superior en hípica.
  22. Artículo 15. Requisitos de acceso al ciclo de grado superior en hípica para personas sin el título Bachiller.
  23. Artículo 16. Requisitos de acceso específicos al ciclo de grado superior en hípica.
  24. Artículo 17. Efectos y vigencia de las pruebas de carácter específico.
  25. Artículo 18. Exención de la superación de la prueba de carácter específico de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
  26. Artículo 19. Requisitos de acceso de personas que acrediten discapacidades.
  27. Artículo 20. Composición y perfil del tribunal de la prueba de carácter específico.
  28. Artículo 21. Funciones del tribunal evaluador de la prueba de carácter específico.
  29. CAPÍTULO VI
  30. Artículo 22. Los requisitos de titulación del profesorado en centros públicos.
  31. Artículo 23. Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa.
  32. CAPÍTULO VII
  33. Artículo 24. Acceso a otros estudios. 2 redacciones · cambió el 05/03/2014
  34. Artículo 25. Convalidación de estas enseñanzas.
  35. Artículo 26. Exención del módulo de formación práctica.
  36. Artículo 27. Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente.
  37. Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
  38. Disposición adicional segunda. Oferta a distancia de los módulos de enseñanza deportiva de los presentes títulos.
  39. Disposición adicional tercera. Regulación del ejercicio de la profesión.
  40. Disposición adicional cuarta. Referencias genéricas.
  41. Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
  42. Disposición final primera. Título competencial.
  43. Disposición final segunda. Implantación de los títulos.
  44. Disposición final tercera. Autorización para el desarrollo.
  45. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  46. [firma]
  47. ANEXO I
  48. ANEXO I-A
  49. ANEXO I-B
  50. ANEXO II
  51. ANEXO II.a
  52. ANEXO II.b
  53. ANEXO II.c
  54. ANEXO II.d
  55. ANEXO II.e
  56. ANEXO II.f
  57. ANEXO II.g
  58. ANEXO II.h
  59. ANEXO II.i
  60. ANEXO II.j
  61. ANEXO II.k
  62. ANEXO II.l
  63. ANEXO II.m
  64. ANEXO II.n
  65. ANEXO III
  66. ANEXO IV
  67. ANEXO V
  68. ANEXO VI
  69. ANEXO VII
  70. ANEXO VIII A
  71. ANEXO VIII B
  72. ANEXO IX
  73. ANEXO X
  74. ANEXO XI
  75. ANEXO XII