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Legislación › Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña.

Disposición adicional novena. Sucesión del Consorcio Administración Abierta Electrónica de Cataluña y Agencia Catalana de Certificación.

Disposición adicional novena. Sucesión del Consorcio Administración Abierta Electrónica de Cataluña y Agencia Catalana de Certificación.

Las disposiciones de la presente ley que se refieren al Consorcio Administración Abierta Electrónica de Cataluña y a la Agencia Catalana de Certificación son da aplicación a cualquier ente de carácter asociativo y voluntario que, por voluntad expresa de las administraciones públicas que lo constituyen, les suceda.

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