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Legislación › Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña.

Disposición final segunda. Adaptación a la Ley.

Disposición final segunda. Adaptación a la Ley.

El Consorcio Administración Abierta Electrónica de Cataluña, que pasa a denominarse Consorcio Administración Abierta de Cataluña, debe promover, en el plazo de tres meses desde la aprobación de la presente ley, la adaptación de sus estatutos y de los de la Agencia Catalana de Certificación al contenido de la presente ley. Los estatutos deben incorporar la adecuada representación de las entidades consorciadas y deben establecer mecanismos que faciliten la participación del resto de entidades del sector público de Cataluña.

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