LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo.

Artículo 211. Clasificación de las infracciones urbanísticas.

Artículo 211. Clasificación de las infracciones urbanísticas.

1. Son infracciones urbanísticas todas las acciones o las omisiones tipificadas como tales por esta Ley.

2. Las infracciones urbanísticas se clasifican en muy graves, graves y leves, de acuerdo con esta Ley y con las especificaciones reglamentarias pertinentes para identificarlas correctamente.

← Artículo 210 Índice Artículo 212 →