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Legislación › Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

Artículo 29. Cuantía y límite de la ayuda.

Artículo 29. Cuantía y límite de la ayuda.

1. La cuantía indicativa de la ayuda por hectárea será de 1.100 €/Ha.

2. El importe final de la ayuda por hectárea será determinado por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, antes del 30 de diciembre de 2010, dividiendo el límite máximo mencionado en el apartado 3 entre el total de las superficies determinadas que se obtendrá de las comunicaciones efectuadas por las comunidades autónomas según lo establecido en el punto g) del apartado 2 del artículo 109. No obstante dicho importe no será inferior a 1.100 €/Ha para la superficie determinada cuya producción se haya destinado a la fabricación de tomate pelado entero, con un límite de 1.300 Ha.

3. Los pagos de esta ayuda en este sector y para la campaña no podrán rebasar el límite presupuestario de 28.116.500 euros.

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