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Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
En vigor Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 30 de enero de 2010 · Último cambio el 24 de enero de 2012 · Ver en el BOE
Índice
- preambulo 2 redacciones · cambió el 24/01/2012
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Superación de superficies o del número de animales.
- Artículo 4. Superación de los límites presupuestarios.
- Artículo 5. Condicionalidad.
- Artículo 6. Modulación.
- Artículo 7. Cláusula anti-elusión.
- TÍTULO II
- Artículo 8. Beneficiarios.
- Artículo 9. Requisitos.
- Artículo 10. Hectáreas admisibles.
- Artículo 11. Utilización agraria de las tierras.
- Artículo 12. Parcelas a disposición del agricultor.
- Artículo 13. Justificación de derechos especiales con superficie. Cambio de tipología.
- Artículo 14. Consideraciones sobre la justificación de los derechos de ayuda especiales.
- Artículo 15. Utilización de los derechos de ayuda.
- TÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 16. Objeto y requisitos.
- Sección 2
- Artículo 17. Objeto y requisitos.
- Artículo 18. Superficie básica nacional y subsuperficies básicas.
- Sección 3
- Artículo 19. Objeto y requisitos.
- Sección 4
- Artículo 20. Beneficiarios y requisitos.
- Artículo 21. Cuantía de las ayudas y financiación.
- Sección 5
- Artículo 22. Objeto y requisitos.
- Artículo 23. Beneficiarios.
- Sección 6
- Artículo 24. Objeto e importe de las ayudas.
- Artículo 25. Superficies admisibles, variedades, prácticas agronómicas y rendimientos mínimos.
- Artículo 26. Organizaciones interprofesionales autorizadas.
- Sección 7
- Artículo 27. Objeto.
- Artículo 28. Beneficiarios y requisitos.
- Artículo 29. Cuantía y límite de la ayuda.
- Artículo 30. Forma, contenido y fecha de celebración de los contratos de transformación.
- Artículo 31. Períodos de entrega.
- Artículo 32. Presentación de los contratos y justificación de las entregas.
- Artículo 33. Autorización de los transformadores.
- Artículo 34. Requisitos de los transformadores.
- Sección 8
- Artículo 35. Objeto, requisitos y cuantía de la ayuda.
- TÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 36. Identificación y registro del ganado.
- Artículo 37. Uso o tenencia de sustancias prohibidas.
- Sección 2
- Artículo 38. Tipos de primas, cuantía y límites.
- Artículo 39. Prima por vaca nodriza.
- Artículo 40. Prima complementaria por vaca nodriza.
- Sección 3
- Artículo 41. Tipos de primas, cuantía y límites.
- Artículo 42. Condiciones de concesión.
- Artículo 43. Declaración de participación de los establecimientos de sacrificio.
- Artículo 44. Prueba de sacrificio en el caso de animales sacrificados en España.
- Artículo 45. Concesión de la prima al sacrificio en el caso de expedición o exportación de los animales.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 46. Objeto y requisitos.
- Artículo 47. Cálculo de la ayuda.
- Sección 2
- Artículo 48. Objeto, requisitos y dotación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 49. Objeto y dotación.
- Artículo 50. Requisitos.
- Artículo 51. Modulación del pago adicional por estratos del rebaño.
- Artículo 52. Exclusiones.
- Sección 2
- Artículo 53. Objeto, importes y dotación.
- Artículo 54. Requisitos. 2 redacciones · cambió el 30/11/2010
- Artículo 55. Exclusiones.
- Sección 3
- Artículo 56. Objeto y dotación. 2 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Artículo 57. Requisitos.
- Artículo 58. Exclusiones.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 59. Objeto, ámbito de aplicación y dotación. 2 redacciones · cambió el 30/11/2010
- Artículo 60. Beneficiarios.
- Artículo 61. Requisitos. 2 redacciones · cambió el 30/11/2010
- Artículo 62. Pago por explotación.
- Artículo 63. Calculo del montante base de la ayuda por hectárea.
- Artículo 64. Beneficiarios y cálculo del montante de ayuda por hectárea del Complemento 1.
- Artículo 65. Beneficiarios y cálculo del montante de ayuda del Complemento 2.
- Artículo 66. Priorización de la ayuda por explotación por continuidad en el Programa.
- Artículo 67. Compatibilidad del Programa Nacional para el Fomento de Rotaciones de Cultivo en Tierras de Secano con medidas de desarrollo rural.
- Artículo 68. Ruptura de compromisos agroambientales para los beneficiarios.
- Sección 2
- Artículo 69. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.
- Artículo 70. Pago por explotación.
- Artículo 71. Beneficiarios.
- Artículo 72. Requisitos
- Artículo 73. Importe de la ayuda base por hectárea. 2 redacciones · cambió el 30/11/2010
- Artículo 74. Complemento para DOP e IGP
- Sección 3
- Artículo 75. Objeto y dotación.
- Artículo 76. Beneficiarios.
- Artículo 77. Requisitos.
- Artículo 78. Importe unitario de la ayuda específica.
- Artículo 79. Contrato de cultivo.
- Artículo 80. Entregas de tabaco.
- Artículo 81. Agrupaciones de agricultores productores de tabaco.
- Artículo 82. Empresas de primera transformación de tabaco.
- CAPÍTULO II
- Artículo 83. Disposiciones comunes.
- Sección 1
- Artículo 84. Objeto y dotación.
- Artículo 85. Requisitos. 2 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Artículo 86. Condiciones de concesión. 3 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Sección 2
- Artículo 87. Objeto y dotación. 3 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Artículo 88. Requisitos y compromisos. 3 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Artículo 89. Condiciones de concesión.
- Sección 3
- Artículo 90. Objeto y dotación.
- Artículo 91. Requisitos.
- Artículo 92. Condiciones de concesión.
- Artículo 93. Modulación de las ayudas. 2 redacciones · cambió el 30/11/2010
- Sección 4
- Artículo 94. Objeto y dotación. 3 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Artículo 95. Requisitos. 4 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Artículo 96. Condiciones de concesión. 3 redacciones · cambió el 18/11/2011
- TÍTULO VII
- Sección 1
- Artículo 97. Solicitud única.
- Artículo 98. Contenido de la solicitud única.
- Artículo 99. Lugar y plazo de presentación de la solicitud única. 3 redacciones · cambió el 30/04/2011
- Artículo 100. Modificación de las solicitudes.
- Artículo 101. Comunicación de no siembra.
- Artículo 102. Límites mínimos por solicitud.
- Artículo 103. Compatibilidad de los regímenes de ayuda por superficie.
- Sección 2
- Artículo 104. Disposiciones generales.
- Artículo 105. Superficies y animales con derecho a pago.
- Artículo 106. Resoluciones y pago.
- Artículo 107. Periodos de pago y anticipos.
- Artículo 108. Devolución de los pagos indebidamente percibidos.
- Sección 3
- Artículo 109. Comunicaciones de las comunidades autónomas. 3 redacciones · cambió el 18/11/2011
- Disposición adicional primera. Lucha contra la mosca del olivo.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria primera. Plazo para comunicaciones de las comunidades autónomas y elaboración de relaciones por parte del Ministerio en relación a pagos y ayudas específicas por calidad.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia del Real Decreto 684/2002, de 12 de julio, sobre regulación del sector del tabaco crudo.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX
- ANEXO X
- ANEXO XI
- ANEXO XII
- ANEXO XIII
- ANEXO XIV
- ANEXO XV
- ANEXO XVI
- ANEXO XVII
- ANEXO XVIII
- ANEXO XIX


