Legislación › Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
Artículo 93. Modulación de las ayudas.
Artículo 93. Modulación de las ayudas.
El importe de las ayudas por animal elegible será:
a) En el caso de explotaciones localizadas en zonas de montaña y zonas con limitaciones específicas o zonas desfavorecidas por despoblamiento: el importe completo de la ayuda para los 40 primeros animales y el 80 por cien del importe completo para los siguientes, hasta un máximo de 100 animales por explotación.
b) En el caso de explotaciones con superficie forrajera destinada a la alimentación del ganado productor de leche superior a 0,40 hectáreas por animal elegible: el importe completo de la ayuda complementaria para los 40 primeros animales y el 70 por cien del importe completo para los siguientes, hasta un máximo de 100 animales por explotación.
Se modifica la letra b) por el art. único.9 del Real Decreto 1597/2010, de 26 de noviembre. BOE-A-2010-18373.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de diciembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-18373 | Leer | Qué cambió |
| 30 de enero de 2010 | Texto original | Leer |


