Legislación › Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.
ANEXO XIII
ANEXO XIII
Datos mínimos que contendrá el fichero informático a remitir por los responsables de los Consejos Reguladores, pliegos facultativos y producción ganadera ecológica e integrada, con las explotaciones y titulares de los agricultores de ovino y caprino que hayan comercializado parte de su producción bajo sistemas de calidad considerados en el artículo 86
El fichero informático tendrá formato Access, en cualquiera de sus versiones e incluirá los siguientes campos:
A) Identificación del sistema de calidad diferenciada:
Denominación del sistema de calidad.
NIF del titular del sistema de calidad.
Teléfono, fax y dirección de correo y electrónica del sistema de calidad.
B) Identificación de las explotaciones que han comercializado su producción al amparo de las denominaciones de calidad indicadas en el apartado artículo 86 durante el año de la presentación de la solicitud única por parte del agricultor:
Cantidad expresada en litros de leche o en número de corderos y/o cabritos comercializados por la explotación durante el año anterior completo al amparo de estos programas de calidad de los que sean responsables.
Código REGA de la explotación, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo.
NIF del titular de la explotación.


