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Legislación › Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Disposición adicional segunda. Desconcentración residual.

Disposición adicional segunda. Desconcentración residual.

La desconcentración comprenderá asimismo las órdenes de ejecución amparadas en el convenio entre el Ministerio de Defensa/Armada y la entonces IZAR Construcciones Navales, S.A., hoy NAVANTIA, S.L., formalizado en fecha 6 de septiembre de 2001 y los contratos derivados del convenio de colaboración celebrado por el Ministerio de Defensa y el Servicio Militar de Construcciones, firmado en fecha 30 de abril 1997, mientras los mismos estén vigentes.

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