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Legislación › Real Decreto 1053/2010, de 5 de agosto, de desconcentración de facultades en materia de contratos, acuerdos técnicos y otros negocios jurídicos onerosos, en el ámbito del Ministerio de Defensa.

Disposición transitoria única. Expedientes de contratación iniciados.

Disposición transitoria única. Expedientes de contratación iniciados.

En la fecha de entrada en vigor de este real decreto, las autoridades con facultades desconcentradas del artículo 2 asumirán las competencias contractuales de los expedientes de contratación iniciados que les correspondan en función del ámbito de su nueva competencia.

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