Legislación › Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
Disposición adicional octava. La formación profesional en el trabajo.
Disposición adicional octava. La formación profesional en el trabajo.
Se modifica el apartado 2 b) del artículo 4 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que queda redactado de la siguiente forma:
«b) A la promoción y formación profesional en el trabajo, así como al desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer su mayor empleabilidad.»
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