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Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 18 de septiembre de 2010 · Último cambio el 31 de octubre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Contratos temporales.
- Artículo 2. Extinción del contrato de trabajo.
- Artículo 3. Contrato para el fomento de la contratación indefinida.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Movilidad geográfica.
- Artículo 5. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
- Artículo 6. Contenido de los convenios colectivos.
- Artículo 7. Suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Artículo 8. Protección por desempleo y reducción de jornada.
- Artículo 9. Medidas de apoyo a la reducción de jornada.
- CAPÍTULO III
- Artículo 10. Bonificaciones de cuotas por la contratación indefinida.
- Artículo 11. Bonificaciones de cuotas en los contratos para la formación.
- Artículo 12. Contratos formativos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 13. Servicios Públicos de Empleo. 2 redacciones · cambió el 03/12/2010
- Artículo 14. Políticas de empleo y Agencias de colocación.
- Artículo 15. Adaptación de la legislación laboral a la regulación de las agencias de colocación.
- Artículo 16. Adaptación de la legislación de Seguridad Social a la regulación de las agencias de colocación.
- Artículo 17. Empresas de trabajo temporal.
- Artículo 18. Adaptación de la legislación sobre infracciones y sanciones en el orden social a la regulación de las agencias de colocación y de las empresas de trabajo temporal.
- Disposición adicional primera. Negociación colectiva y modalidades contractuales. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Disposición adicional segunda. Formación teórica en los contratos para la formación.
- Disposición adicional tercera. Contratos para la formación en los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo. 3 redacciones · cambió el 31/10/2015
- Disposición adicional cuarta. Planes de formación profesional específicos para jóvenes y personas desempleadas.
- Disposición adicional quinta. Implantación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
- Disposición adicional sexta. Vinculación de políticas activas de empleo y prestaciones por desempleo. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Disposición adicional séptima. Plan de recolocación del sector de la construcción.
- Disposición adicional octava. La formación profesional en el trabajo.
- Disposición adicional novena. Informe Anual de Evaluación de las bonificaciones a la contratación.
- Disposición adicional décima. Fondo de capitalización. 2 redacciones · cambió el 30/08/2011
- Disposición adicional undécima. Igualdad entre mujeres y hombres en el trabajo.
- Disposición adicional duodécima. Evaluación de las medidas para favorecer el empleo de los jóvenes y de las personas desempleadas.
- Disposición adicional decimotercera. Evaluación de la siniestralidad de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal.
- Disposición adicional decimocuarta. Modificación de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social sobre destino de donaciones y acciones de patrocinio en relación con la reserva de empleo a favor de las personas con discapacidad.
- Disposición adicional decimoquinta. Jurisdicción social.
- Disposición adicional decimosexta. Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Disposición adicional decimoséptima. Servicios Públicos de Empleo. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Disposición adicional decimoctava. Trabajadores transfronterizos de Andorra.
- Disposición adicional decimonovena. Mejora de la gestión de la Incapacidad temporal.
- Disposición adicional vigésima. Faltas de asistencia al trabajo.
- Disposición adicional vigésima primera. Negociación colectiva.
- Disposición adicional vigésima segunda. Modificación de la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
- Disposición adicional vigésima tercera. Límites a las prestaciones salariales en especie.
- Disposición adicional vigésima cuarta. Medidas dirigidas a favorecer las oportunidades de empleo de las personas con discapacidad.
- Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los contratos por obra o servicio determinados. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Disposición transitoria segunda. Régimen de entrada en vigor de la limitación del encadenamiento de contratos temporales. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Disposición transitoria tercera. Abono de parte de la indemnización por el Fondo de Garantía Salarial en los nuevos contratos de carácter indefinido. 4 redacciones · cambió el 07/07/2012
- Disposición transitoria cuarta. Régimen aplicable a procedimientos y expedientes en tramitación a 18 de junio de 2010.
- Disposición transitoria quinta. Normas relativas a la ampliación de la bonificación por mantenimiento del empleo y de la reposición de las prestaciones por desempleo.
- Disposición transitoria sexta. Bonificaciones y reducciones de cuotas en los contratos vigentes.
- Disposición transitoria séptima. Límite de edad de los trabajadores contratados para la formación. 3 redacciones · cambió el 07/07/2012
- Disposición transitoria octava. Contratos para la formación anteriores a 18 de junio de 2010.
- Disposición transitoria novena. Contratos para la formación con trabajadores con discapacidad.
- Disposición transitoria décima. Agencias de colocación sin ánimo de lucro autorizadas.
- Disposición transitoria undécima. Ampliación transitoria de la duración de los enclaves laborales.
- Disposición transitoria duodécima. Entrada en vigor de los nuevos límites para las prestaciones salariales en especie. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Fundamento constitucional.
- Disposición final segunda. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


